Boletines/Bolivar
Decreto Nº 805
Bolivar, 17/04/2019
Visto
El Expediente N° 4013-360/19 por el cual la Secretaría de Gobierno propicia el llamado a Concurso de Precios para la adquisición de chapones y caños y;
Considerando
Que es necesario proceder a la convocatoria del llamado que permita la adquisición de los materiales mencionados ut supra a efectos de utilizarlos en la señalización de las calles de nuestro Partido;
Que el presupuesto Oficial es de pesos Trescientos ochenta y dos mil quinientos con 00/100 ($382.500,00);
Que de acuerdo a los montos estimados por este Departamento Ejecutivo y con arreglo a lo normado en el Inc. e), Apartado I, Capítulo IV sobre “Adquisiciones y Contrataciones” de la Ley Orgánica Municipal y los valores actualizados por la Resolución Nº 776/18 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para su adquisición es necesaria la aplicación del sistema de compra por Concurso de Precios;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º:Llámase a Concurso de PreciosNº 12/2019, encuadrado en las previsiones de la Ley Orgánica de las Municipalidades; Reglamento de Contabilidad y Decreto 466/95 Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad de Bolívar, siendo su apertura el día 2 de Mayo de 2019, a las 10.00 horas, o el día siguiente hábil si fuese feriado o no laborable, con el objeto de efectuar la contratación del servicio de mantenimiento y extracción de malezas.
Artículo 2°: El presente concurso se realizará con arreglo al Pliego de Bases y Condiciones, que como Anexo I y Anexo II que forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3º: La presentación de las propuestas se llevará a cabo el día 2 de Mayo de 2019, a las 09:30 horas, o el día siguiente hábil si éste fuese feriado o no laborable, en acto público.
Artículo 4º: La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, si considera que las mismas no son convenientes a sus intereses.
Artículo 5°: Fijase el Presupuesto Oficial enpesos Trescientos ochenta y dos mil quinientos con 00/100 ($382.500,00).
Artículo 6º:El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110102000 Secretaría de Gobierno– Programa 20- Protección Ciudadana y Defensa Civil- 75- Adquisición y colocación señalética urbana - Fuente de Financiamiento 132.
Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras,Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica conforme el Decreto 8/18.
Artículo 9º:Comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.-
Concurso de precios
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