Boletines/Bolivar
Decreto Nº 849
Bolivar, 24/04/2019
Visto
El Expediente 4013-346/19 por medio del cual la Secretariade Gobierno propicia la obra Tareas adicionales para la refacción de la casa de Estudiantes La Plata y;
Considerando
Que la vivienda a fin de estar finalizada necesita el revestimiento en el lavadero, bajo escalera y piso, asimismo la colocación de grifería para el lavadero y la cocina;
Que de este análisis surge la necesidad de contratar ala firma CM CONSTRUCCIONES S.A., debido a que cuenta con la capacidad y experiencia necesaria para cumplir con las tareas necesarias;
Que gracias a esto se asegura la habitabilidad de la vivienda y un mejor confort para los estudiantes;
Que el presupuesto oficial alcanza la suma de pesos ciento veintitrés mil novecientos setenta y cinco con 00/100 ($123.975,00);
Que de acuerdo a los montos estimados y con arreglo a lo normado en el Inc. d), Apartado I, Capítulo IV sobre “Obras Públicas” Articulo N° 133 de la Ley Orgánica de Municipalidades y los valores actualizados por la Resolución N° 776/18 y modificatorias, del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la obra encuadra en los montos determinados para la contratación directa;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a la Secretaria de Gobierno a contratar laejecución de la obra denominada Tareas adicionales para la refacción de la casa de Estudiantes La Plata.
Artículo 2°: Determinase el presupuesto oficial en pesosciento veintitrés mil novecientos setenta y cinco con 00/100 ($123.975,00).
Artículo 3°: Apruébese el modelo de Contrato de Obra a suscribir con el contratista, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción:1110102000 – Secretaría de Gobierno - 19.00.00 Políticas Educativas- 19.53.00 – Obras de refacción casa de estudiantes La Plata– Fuente de Financiamiento 132- de Origen Provincial.
Artículo 5º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 6º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
Artículo 7º: Comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.
Contrato obra pública
DESCARGAR