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Licitación Privada Nº1016

Licitación Privada Nº 1016

VISTO:

El Expediente N° 4013-322/20 mediante el cual se propicia el llamado a Licitación Privada para la adquisición de Alimentos y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que es fundamentalla adquisición de alimentos para la entrega a vecinos de la ciudad,garantizando así la atención alimentaria en los sectores vulnerables  por lo que es de esperar la extensión de la  cuarentena de manera obligatoria;

 

Que es la idea del Poder Ejecutivo que la cuarentena impuesta para frenar la curva ascendente del coronavirus no implicará un obstáculo para garantizar la llegada de asistencia alimentaria como se venía haciendo hasta ahora;

 

Que la misma es destinada a las personas más vulnerables (lactantes, niños pequeños, mujeres, ancianos, personas sin hogar, personas con enfermedades crónicas, y personas discapacitadas);

 

Que el presupuesto oficial asciende a la suma de pesosUn millón novecientos setenta y un mil con 00/100 ($1.971.000,00);

 

Que de acuerdo a los montos estimados por este Departamento Ejecutivo y con arreglo a lo normado en el Inc. e), Apartado I, Capítulo IV sobre “Adquisiciones y Contrataciones” de la Ley Orgánica Municipal y los valores actualizados por la Resolución Nº 1211/2019 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para su adquisición es necesaria la aplicación del sistema de compra por Licitación Privada;

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

 

 

 

 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

 

Artículo 1º: Llamase a Licitación Privada Nº 17/2020, para la adquisición de Alimentos, según se detalla en Anexo II.

 

Artículo 2°: Determínese el Presupuesto Oficial, en pesosUn millón novecientos setenta y un mil con 00/100 ($1.971.000,00)

 

Artículo 3°: La presente Licitación se realizará con arreglo a los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, que como Anexo I y II forman parte integrante del presente Decreto.

 

Artículo 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día 20 de Julio de 2020, a las 09:00 horas, o el día siguiente hábil si fuese feriado o no laborable.

 

Artículo 5º: La apertura de las propuestas se llevará a cabo el día 20 de Julio de 2020, a las 09:30 horas, o el día siguiente hábil si éste fuese feriado o no laborable, en acto público.

 

Artículo 6º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas:

  • Jurisdicción: 1110105000 – Secretaría de Salud - 33.00.00 Programa de Prevención de Coronavirus- COVID-19–Fuente de Financiamiento 110 – de Origen Municipal.

 

Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

               

Artículo  8°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Salud.

 

Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.

 

 

Anexos

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

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