Boletines/Magdalena
Decreto Nº 381/18
Magdalena, 07/03/2018
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1137/16, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS y TRANSPORTE NECESARIOS PARA EL TECHADO Y EL CERRAMIENTO DEL PLAYON MULTIDEPORTES DEL COMPLEJO RECREATIVO INTEGRAL MAGDALENA (C.R.I.M.) DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y
Considerando
Que, por Decreto Nº 144/18 del presente año, se llamo a Licitación Publica para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS y TRANSPORTE NECESARIOS PARA EL TECHADO Y EL CERRAMIENTO DEL PLAYON MULTIDEPORTES DEL COMPLEJO RECREATIVO INTEGRAL MAGDALENA (C.R.I.M.) DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, por la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($ 3.400.000,00).-
Que, en el Acto de Apertura del Acto Licitatorio con fecha Febrero 28 del corriente año, oferto una (1) sola empresa del ramo: MILLER BUILDING INTERNATIONAL SA por la suma de PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCO CON 30/100 CVOS ($ 10.906.405,30) de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación, lo que represento un AUMENTO del 220,77 % con respecto al Presupuesto Oficial.
Que, a Fs. 266v, Secretaria de Gobierno solicita se considere una DESESTIMACIÓN DE LA OFERTA de la firma mencionada, y que no se adjudique por no ser conveniente a los intereses municipales manifiestamente.
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º.: DESESTIMASE LA OFERTA presentada por la Firma/Oferente MILLER BUILDING INTERNATIONAL S.A. presentada en la Licitación Publica Nº 01/18, para ADJUDICAR la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS y TRANSPORTE NECESARIOS PARA EL TECHADO Y EL CERRAMIENTO DEL PLAYON
MULTIDEPORTES DEL COMPLEJO RECREATIVO INTEGRAL MAGDALENA (C.R.I.M.) DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en virtud de los exordios del presente.
ARTICULO 2º.: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés Garcia.-
ARTICULO 3º.: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA
Secretario de Hacienda