Boletines/Magdalena

Decreto Nº454/18

Decreto Nº 454/18

Magdalena, 26/03/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D  N° 343/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr  Director de Recursos Humanos, informa sobre las tareas convenidas con el Sr GASTON LOPEZ  Leg. Nº 1074, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de febrero del año 2018, afectado a tareas de Administración total del Sistema Bapro Copres, para carga de combustible y lubricantes de los vehículos municipales correspondientes a siete dependencias municipales, integrada por mas de 100 automotores y máquinas. Esta tarea implica el control diario de la carga con cantidad de litros y kilometraje disponible de cada una de las tarjetas de debito Copres, control de remitos y facturación individual presentación del total facturado por dependencia con sus remitos y ticket con firma de cada uno de los responsables y remisión a Contaduría por el monto de  PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 4.200.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contemplan la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Secretario de Gobierno, avalando la pertinente liquidación de haberes por el monto indicado.

Que no existe saldo disponible,

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr GASTON LOPEZ  Leg. Nº 1074, por la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 4.200,00) para el mes de marzo del presente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS –  Jurisdicción 9000, Programa 25, Proyecto15, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario  de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda