Boletines/Magdalena

Decreto Nº441/18

Decreto Nº 441/18

Magdalena, 23/03/2018

Visto

La puesta en marcha del Centro Operativo Municipal (COM) donde funcionara la Sala de Monitoreo en dependencias de Bomberos Voluntarios de Magdalena; y

Considerando

Que se instalaron ochenta nuevas cámaras de video vigilancia, que sumadas a las que se restauran y posibles de recuperar, permitirá trabajar con aproximadamente cien cámaras a disposición de la seguridad pública;

Que por lo tanto se debe disponer del personal idóneo y suficiente para la operatividad del Centro;

Que se afectará personal policial, de Bomberos Voluntarios y municipal, especialmente a los del área de Control Urbana, Inspección y Seguridad Ciudadana;

Que de ellos saldrán los operadores de turnos y los de reemplazo eventual para asegurar la continuidad del servicio las 24 hs del día, los 365 días del año; que los que queden como reemplazos eventuales seguirán desempeñando sus tareas habituales en las dependencias que correspondan;

Por ello             

El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETA

Artículo 1°.- Aféctese al personal Municipal que a continuación se detalla al Centro Operativo Municipal dependiente de la Dirección de Control Urbano, Inspección y Seguridad Ciudadana:

AGUIRRE ADRIANA

ALARCON ANGEL

ALBORNOZ ROMINA

ALTAMIRANO CARLOS

BARREIRO JUAN MANUEL

BARRAGAN  ABEL

CALONI NICOLAS

CAPONE RAUL

CASTELLI NECTOR

ECHAIDE SILVANA

FERNANDEZ SONIA

FERREYRA GRACIELA

FORMIGO PABLO

GONZALEZ ROLANDO

LEGUIZAMON JOSE

LOPEZ GASTON

LOPEZ MONICA

MARCENARO MARIO

MARTIN MENDEZ JUAN EDUARDO

MARTINEZ ALICIA

MUGNOLO JOSE

PEÑA DELIA

STOERMAN HERMAN

TORRILLA CARLOS

TRONCOSO OMAR

VILLARRUEL PAOLA

Artículo 2°.-  Aceptar al personal destacado por la Jefatura de Policía comunal para en Centro de Monitoreo Municipal:

BUSTOS VILMA

CREMONTE YESICA

LEIVA GABRIEL

LLANOS GUILLERMO

MALDONADO FACUNDO

MEDINA FEDERICO

MORENO TOMAS

PRATOLONGO GABRIELA

RUIZ MERCEDES

TATA MICAELA

VARELA JUAN CRUZ

ZUASQUITA MARTIN

Artículo 3°.-  Bomberos Voluntarios determinará el operador correspondiente en cada turno de acuerdo a su diagrama de guardias de cuarteleros.-

Articulo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno D. RODOLFO TATA.-

Artículo 5°.-  Comuníquese, tomen notas las Oficinas pertinentes, dese registro municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno