Boletines/Magdalena

Decreto Nº662/18

Decreto Nº 662/18

Magdalena, 25/04/2018

Visto

El Expte J 615/18 iniciado por el Jefe de personal y el Decreto 439/09, y

Considerando

Que, mediante el mismo, el Depto. Ejecutivo Municipal reconoce los servicios prestados al personal que detenta cargos jerárquicos dentro del ámbito administrativo local.

Que, se denomina a la bonificación creada en el Decreto Ut Supra mencionado,  BONIFICACION PARA PERSONAL JERARQUICO.

Que, será bonificado todo Agente que revista en el Agrupamiento Personal Jerárquico de Planta Permanente de la Municipalidad, que se encuentre en los tres (03) años inmediatos anteriores de obtener el cese por acogimiento al beneficio jubilatorio.

Que, los siguientes agentes que se encuentran en esa situación.

LEGAJO

AGENTE

CARGO

FECHA DE JUBILACION

2195

AGUIRRE MIRIAM

Jefe Division Enfermeria

02/11/2020

1112

VELAZCO ISMAEL

Jefe de División Servicios Públicos

12/12/2018

2150

SAMPALLO JULIA

Jefe Departamento Enfermería

05/11/2019

536

ORTEGA MONICA

Jefe de División Cultura y Prensa

23/02/2020

 

Que, la Oficina  de Contaduría, informa la existencia de saldo disponible para la Jurisdicción 4000 Programa 17 y la NO existencia de saldo disponible para la Jurisdicción 3000 Programa 01 y la Jurisdicción  5000 Programa 01.

  Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ASIGNESE  LA BONIFICACION PARA PERSONAL JERARQUICO a partir del 01 de mayo y hasta tanto se produzca el cese de los agentes para acogerse al beneficio de la jubilación, la bonificación para el personal jerárquico, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente a los Agentes.-

LEGAJO

AGENTE

CARGO

FECHA DE JUBILACION

2195

AGUIRRE MIRIAM

Jefe Division Enfermeria

02/11/2020

2150

SAMPALLO JULIA

Jefe Departamento Enfermería

05/11/2019

 

 

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el artículo 1ª, será con afectación a la Partida 1.1.3.9 –OTRAS BONIFICACIONES-, Jurisdicción 4000, Programa 17, de acuerdo a lo determinado  en el Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 3º: ASIGNESE POR INSISTENCIA, LA BONIFICACION PARA PERSONAL JERARQUICO a partir del 01 de mayo y hasta tanto se produzca el cese de los agentes para acogerse al beneficio de la jubilación, la bonificación para el personal jerárquico, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente a los Agentes.-

 

LEGAJO

AGENTE

CARGO

FECHA DE JUBILACION

1112

VELAZCO ISMAEL

Jefe de División Servicios Públicos

12/12/2018

536

ORTEGA MONICA

Jefe de División Cultura y Prensa

23/02/2020

 

ARTÍCULO 4º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el artículo 3ª, será con afectación a la Partida 1.1.3.9 –OTRAS BONIFICACIONES-, Jurisdicción 5000, Programa 01 y Jurisdicción 3000, Programa 01 respectivamente, de acuerdo a lo determinado  en el Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr RODOLFO TATA.-

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno