Boletines/Magdalena
Decreto Nº 733/18
Magdalena, 08/05/2018
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 556/18, referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS Y TRANSPORTES, NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE 900 M2 DE BACHEO EN CARPETA ASFÁLTICA DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura contó con la participación de dos (2) Empresas/Firmas del ramo OLIVO ZAMBANO S.A. y SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A., cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 119 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 119v, avalando dicha Adjudicación.
Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A. (CUIT Nº 30-71407745-3), por una suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($ 1.236.000,00) para adjudicar la CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS Y TRANSPORTES, NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE 900 M2 DE BACHEO EN CARPETA ASFÁLTICA DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 09/18.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/75 Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA
Secretario de Hacienda