Boletines/Magdalena

Decreto Nº976/18

Decreto Nº 976/18

Magdalena, 15/06/2018

Visto

El expediente letra S Nº 401/18, la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires establecidas por el Decreto Provincial 2980/00;y

Considerando

que el artículo 172º de la L.O.M. , art. 94º del  Reglamento de Contabilidad y artículo 48º del Decreto 2980  establece la forma de contabilizar las sumas que transitoriamente pasen por la Municipalidad y el tratamiento que debe darse a las Cuentas de Terceros; rdenanza orroooo

que el día 17 de  Febrero 2017 fue ingresado  mediante recibo de Caja de Tesorería 009-1700011482 la suma de $ 11.828,30 en la Cuenta de Terceros  “Otros Fondos de Terceros”(Código AxT 71999);

que el  ingreso mencionado  corresponde al cheque Serie QC Nº 19698752 librado contra la cuenta corriente de la Municipalidad de Magdalena Nº 6970-50421/2 con fecha 25/10/2016 y a favor del proveedor SANCHEZ, Leonardo Miguel, el cual no fue cobrado oportunamente por dicho  beneficiario, razón por la cual expiró el plazo de efectivización  del mismo;

que la Tesorería Municipal efectuó los procesos administrativos pertinentes que se aplican en estas circunstancias, de acuerdo a las normas vigentes;

que a posteriori el beneficiario efectuó el reclamo de cobro del mencionado valor mediante nota de fecha 20/12/2017, lo cual se agregó a las actuaciones consignadas “ut-supra”;

que dicho ingreso fue constatado por la Contaduría Municipal;

que en consecuencia se debe efectuar el reembolso correspondiente al proveedor en cuestión;

Por ello, 

 

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

 D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese orden de pago extrapresupuestaria a favor del proveedor SANCHEZ, Leonardo Miguel (Nº de Proveedor 434) por $ 11.828,30 (PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 30/100) con cargo a la Cuenta de Terceros “OTROS FONDOS DE TERCEROS”( Cod. 71999), por las causas expresadas en el exordio de la presente. 

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendada por el Señor Secretario de  Hacienda   de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda