Boletines/Magdalena

Decreto Nº1394/18

Decreto Nº 1394/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El expediente letra D 1307/18, y;

Considerando

Que es intención del Departamento Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal  de las siguientes sanciones: llamado de atención, Suspensión y descuento de los días correspondientes.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal WALASZEK MIGUEL (leg. 2394), quien no concurrió a su lugar de trabajo los días 1, 2, 3, 7, 15, 16, 17, 21 y 22 de agosto de 2018, sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente.

Que a fojas 15, la Asesoría Letrada sugiere la aplicación del Inc a) del Art 108 de la Ley 14.656, SUSPENSION por 5 (CINCO) días.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

POR TODO ELLO

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: SUSPENSION por 5 (CINCO) días Laborables, a partir del 3 de setiembre hasta el 7 de setiembre del corriente  inclusive,  al agente municipal WALASZEK Miguel (Leg. 2394), en virtud de lo expresado en el Inc a) del Art 108 de la Ley 14.656.

ARTICULO 2º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presente en el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 3º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de setiembre,  por  no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente,  Al Agente:

Leg. Nº

Agente Municipal

Días  de DESCUENTO

Fecha

2394

WALASZEK MIGUEL

9 (NUEVE) DIAS

1, 2, 3, 7, 15, 16, 17, 21 y 22 de agosto de 2018

 

ARTICULO 4º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

 

Fdo. 

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo. 

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno