Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1223/18
Magdalena, 02/08/2018
Visto
Las actuaciones del expte letra R nº 1444/18 mediante el cual el Sr RAMIREZ MARCELO FABIAN DNI 18.212.298, domiciliado en el Partido de Magdalena y titular del dominio GMG136, solicita la exención del pago del Impuesto a los Automotores transferidos a los Municipios por Ley 13010; y
Considerando
Que se trata de un vehículo modelo año 2007, comprendido en la mencionada transferencia,
Que el mismo está destinado al traslado de la titular del dominio, ya que padece una discapacidad parcial permanente según consta en el certificado extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires,
Que se cumplen las condiciones establecidas en el Código Fiscal de dicha jurisdicción provincial (Ley Nº 10397), Artículo 220 (texto según ley 13450
Que de acuerdo a lo normado por el articulo 55º de la Ley 13850 (texto actualizado con las modificaciones introducidas por la Ley 14059)- a partir del mes de Enero de 2009 los Municipios a los que se les hubiese transferido y asignado el impuesto a los Automotores de conformidad a lo previsto en el Art. III de la Ley nº 13010 y concordantes posteriores, deberán resolver las solicitudes de exención del tributo presentadas por los contribuyentes respecto de los vehículos comprendidos en dicha transferencia,
Por lo expuesto
INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Otórguese por las razones expresadas en el exordio, la exención del pago del impuesto a los automotores transferidos al Municipio por Ley 13010 al Sr RAMIREZ MARCELO FABIAN DNI Nº 18.212.298, domiciliado en el Partido de Magdalena y titular del automotor dominio GMG136 durante el tiempo en que el mismo sea utilizado para el transporte de su hijo, que padece una discapacidad total permanente según consta en el certificado extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.- El beneficio tendrá validez a partir de la fecha de titularidad del vehiculo obrante en el titulo.-
ARTICULO 2º.- Dejase expresamente establecido que el titular de dicho dominio tiene la obligación de comunicar a este Municipio cualquier cambio en las condiciones indicadas (transferencia del vehiculo afectado, denuncia de venta, baja por robo o destrucción total o cualquier otra causal etc) dentro de los 10 días hábiles de dicho acontecimiento.- Caso contrario, será responsable del pago del impuesto que se devengue desde el momento en que dicho vehiculo sea desafectado de los fines que motivan la sanción de la presente.-
ARTICULO 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena. Cr Andrés García.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA
Secretario de Hacienda