Boletines/Magdalena

Decreto Nº1268/18

Decreto Nº 1268/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

La nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA DEL JARDIN 902 “Dr. Carlos Barouille”, de Bme. Bavio obrante a fs. 1 del expte letra C Nº 1457/18, en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

 

Considerando

Que  de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la ordenanza Nº 2771/10, y su Modificación mediante Ordenanza nº 3521/18,                         

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a la ASOCIACION COOPERADORA DEL JARDIN 902 “Dr. Carlos Barouille”, de Bme. Bavio, a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de 500 boletas  (con dos números en cada boleta) a razón de $100 (PESOS CIEN) cada boleta,  a sortearse por Lotería de la Pcia de Bs. As (Sorteo Nocturno)  el dia 01 de Septiembre del 2018  y por  los premios :

  1º PREMIO: 1 TOBOGAN de 1,45 x 2.30.-

  2º PREMIO: 1  CALESITA O HAMACA DOBLE.-

  3º PREMIO: 1 ARCO DE FÚTBOL

  4º PREMIO: 1 METEGOL

  5º PREMIO:  PATINES CON CASCO Y RODILLERAS

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de los premios a entregar.-

ARTICULO 3º: La Asociación cooperadora   deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con los nombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno