Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1268/18
Magdalena, 08/08/2018
Visto
La nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA DEL JARDIN 902 “Dr. Carlos Barouille”, de Bme. Bavio obrante a fs. 1 del expte letra C Nº 1457/18, en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y
Considerando
Que de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la ordenanza Nº 2771/10, y su Modificación mediante Ordenanza nº 3521/18,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a la ASOCIACION COOPERADORA DEL JARDIN 902 “Dr. Carlos Barouille”, de Bme. Bavio, a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de 500 boletas (con dos números en cada boleta) a razón de $100 (PESOS CIEN) cada boleta, a sortearse por Lotería de la Pcia de Bs. As (Sorteo Nocturno) el dia 01 de Septiembre del 2018 y por los premios :
1º PREMIO: 1 TOBOGAN de 1,45 x 2.30.-
2º PREMIO: 1 CALESITA O HAMACA DOBLE.-
3º PREMIO: 1 ARCO DE FÚTBOL
4º PREMIO: 1 METEGOL
5º PREMIO: PATINES CON CASCO Y RODILLERAS
ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de los premios a entregar.-
ARTICULO 3º: La Asociación cooperadora deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con los nombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno