Boletines/Magdalena

Decreto Nº1450/18

Decreto Nº 1450/18

Magdalena, 06/09/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra N  Nº 1608/18  en las cuales obra Carta Documento  sobre autos; “MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA C/ NICORA JOSE LUIS Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS” que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial nº 11 del Departamento Judicial de San Isidro con domicilio en calle Ituzaingo 340 3º Piso, remitida por el Dr Leandro Nicora en su carácter de abogado de la parte demandada en relación a los autos citados,  y

 

Considerando

Que se intima al pago de los honorarios regulados oportunamente por la Excma Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro, en sentencia de fecha 13 de Noviembre del 2017 del Dr Leandro Nicora en la suma de $ 11.000 más el 10% de aportes provisionales ($ 1.100),

Que de acuerdo al informe de Asesoria Letrada se sugiere hacer lugar al pago atento lo normado por la Ley 8904, siendo los honorarios devengados en juicios remuneraciones al trabajo personal del profesional y la sentencia firme que los regula suficiente titulo ejecutivo para iniciar proceso para el cobro judicial de los mismos e interponer medidas cautelares para hacer efectivo el pago reclamado,

Que a fs. 2/7 se acompaña copia de la sentencia de la Sala Primera de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial Dpto Judicial San Isidro, 

Que se ha dado intervención a la Oficina Contable,  

Que  existe saldo disponible,                   

Por ello,  

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Librar orden de Pago  a favor del  Dr. LEANDRO NICORA DNI nº 30.119.610 por la suma de PESOS DOCE MIL CIEN PESOS  ($ 12.100)($ 11.000 honorarios y $ 1.100 10% aportes provisionales) en su carácter de apoderado de la administradora del sucesorio del demandado Sr. José Luís Nicora ,  por los motivos citados ut-supra.-

ARTICULO 2º.- Los importes anteriormente indicados deberán ser depositados en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales de San Isidro Cta Nº 8127725  a la orden de autos.-

ARTICULO 3º.- La erogación que determine el cumplimiento del art. 1º deberá ser tomada de la partida 3.8.4.0. Multas, Recargos y Gastos Judiciales, Jurisdicción 1110109000 Secretaria de Gobierno, Programa 01-00, FF 110  del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto  será refrendado por el Sr.  Secretario de  Hacienda a cargo de Gobierno    de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno