Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1553/18
Magdalena, 24/09/2018
Visto
El articulo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/2017 y promulgada mediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017, y;
Considerando
Que el mencionado articulo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de credito presupuestarios para reforzar conceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programatica o Proyecto distinto, correspondiente al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;
Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de credito adicional a las Partidas que representan excedidas o con creditos insuficientes;
Que el citado articulo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediante transferencias de economias existentes en las restantes partidas de libre afectación;
Que es necesario efectuar las adecuaciones y correciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizacion presupuestaria, no implicando ello modificacion alguna en el monto total del Presupuesto.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: Transfierase a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) creditos por un monto total de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($15.400.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdiciciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.
ARTICULO 2º: Los creditos transferidos y asignados de acuerdo al articulo precedente, seran tomados de la Partidas correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) POR PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($15.400.000,00), conforme al detalle de Jurisdiciciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el articulo anterior.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º: Comuniquese al Honorable Consejo Deliberante dentro de los diez dias contados a partir de la fecha, en cumplimiento del articulo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA
Secretario de Hacienda