Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1579/18
Magdalena, 01/10/2018
Visto
El expediente letra D 1455/18, y;
Considerando
Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.
Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientes sanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.
Que en las mismas el Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana A CARGO informa sobre la conducta de la agente municipal FUNICELLI Norberto (leg. 1248), quien no concurrió a su lugar de trabajo los días 5, 6, 7, 10 y 11 de septiembre de 2018, sin aviso.
Que solo es valido como recepción de certificados que justifiquen ausencia, los entregados en la oficina de personal como consta a fs. 15.
Que, lo solicitado cuenta con el conocimiento y la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.
P O R T O D O E L L O
El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de octubre por no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:
Leg. Nº |
Agente Municipal |
Días de DESCUENTO |
Fecha |
1248 |
FUNICELLI Norberto |
5 (CINCO) DIAS |
5, 6, 7, 10 y 11 de septiembre de 2018. |
ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presente en el Legajo Personal del agente citado.
ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR los DIAS no trabajados por el Agente mencionados en el Artículo 2. Y el PRESENTISMO, de los haberes correspondientes al mes de octubre de 2018.
ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de Carta Documento.
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.
ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno