Boletines/Pilar

Decreto Nº2687/17

Decreto Nº 2687/17

Pilar, 18/07/2017

Corresponde al Expediente N° 10609/2017

 Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-10609-2017, y

Considerando

Que, el expediente referido ha sido iniciado por el Ente Coordinador de Cooperativas para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 947.70 m2 de veredas de una sola mano en las siguientes calles: Los Molvones entre los Crisantemos y Las Margaritas, Los Molvones entre las Margaritas y Las Petunias, Los Molvones entre Las Petunias y Los Narcisos, Los Molvones entre Los Narcisos y Los Gladiolos, Los Molvones entre Los Gladiolos y Las Glicinas, Los Molvones entre Las Glicinas y Los Jacintos, Los Molvones entre Los Jacintos y Las Lilas, Los Molvones entre Las Lilas y Las Magnolias, Los Molvones entre Las Magnolias y Los Pensamientos en el Barrio Los Cachorros, de la Ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley NO 6769/58).

Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 1320: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”

Que, por decreto del Departamento Ejecutivo n° 1652 de fecha 11/05/2017 obrante a fs. 231 al 233 y 246 al 264 del expediente municipal N° 8919/2017, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.

Que, atento al informe obrante a fs. 37 el Titular del Ente Coordinador de Trabajo y Cooperativismo el Sr. Miguel Gamboa sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Ltda., con domicilio legal en la calle San Salvador 4416 Manuel Alberti, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencIonadas.

Que, a fs 48 al 109 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.

Que el presente procedimiento cuenta con respaldo presupuestario a fin hacer frente a las erogaciones propiciadas.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle Los Molvones entre los Crisantemos y Las Margaritas, Los Molvones entre las Margaritas y Las Petunias, Los Molvones entre Las Petunias y Los Narcisos, Los Molvones entre Los Narcisos y Los Gladiolos, Los Molvones entre Los Gladiolos y Las Glicinas, Los Molvones entre Las Glicinas y Los Jacintos, Los Molvones entre Los Jacintos y Las Lilas, Los Malvones entre Las Lilas y Las Magnolias, Los Malvones entre Las Magnolias y Los Pensamientos en el Barrio Los Cachorros, de la Ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Limitada, CUIT Nº 30-71263770-2, por la suma de Pesos novecientos dos mil seiscientos ochenta y cuatro con 25/100 ($ 902.684,25).-

Artículo 2º: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.26.000 Ente Coordinador de Cooperativas, Fuente de Financiamiento 1.1.0 del Tesoro Municipal, Categoría Programática 45.75 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 719 Ente Coordinador de Trabajo y Cooperativismo, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3º: Dese al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.