Boletines/Magdalena
Decreto Nº 55/20
Magdalena, 09/01/2020
Visto
Las actuaciones iniciadas mediante Expte. letra M Nº 1816/19, el Cese y Baja por Decreto 1708/19 y el Dejando sin efecto Cese y Baja por Decreto 1917/19 y;
Considerando
Que, el Agente Municipal VIGORITO ANA MARIA, legajo Nº 741 con DNI. Nº 12.502.546 queda enmarcado dentro de lo previsto por el Art. 34 Inc g) del Convenio Colectivo de Trabajo, haber alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio.
Que, ante dicha circunstancia deberá procederse al CESE y BAJA del mencionado agente, de acuerdo a lo previsto por la citada ley a partir del día 11 de enero de 2020.
Que el Agente ha solicitado el cobro del Anticipo Jubilatorio.
Que, el Departamento Liquidaciones deberá implementar la erogación de 10 (DIEZ) días de vacaciones no gozadas del año 2020 y el SAC proporcional.
Que, el presente trámite cuenta con la pertinente autorización de la Secretaria de Gobierno.-
POR ELLO
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: CESE Y DESE DE BAJA a partir del día 11 de enero de 2020 a la Agente Municipal, VIGORITO ANA MARIA, legajo Nº 741 con DNI. Nº 12.502.546, para acceder al beneficio de JUBILACION POR HABER ALCANZADO LA EDAD Y REALIZADO LOS APORTES CORRESPONDIENTES, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-
ARTICULO 2º: AUTORICESE a realizar el Convenio para el cobro del Anticipo Jubilatorio.
ARTICULO 3º: La oficina de Liquidaciones liquidara (DIEZ) días de vacaciones no gozadas del año 2020 y el SAC proporcional.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno