Boletines/Magdalena
Decreto Nº 111/20
Magdalena, 22/01/2020
Visto
La “Solicitud de Licencia del Sr. Intendente Municipal por vacaciones desde el 01/02/2020 al 14/02/2020” y;
Considerando
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 108 inciso 13), establece que el Intendente Municipal debe solicitar licencia al Honorable Concejo Deliberante para ausentarse por más de cinco días,
Que es potestad del Honorable Concejo considerar las peticiones de licencias del Intendente” (conf. Art. 63 inciso 2) LOM)
Que de la armónica interpretación de los artículos 16, 17, 87, 88 de la LOM se deduce que, ante la licencia solicitada por el Intendente Municipal, corresponde que lo reemplace el primer Concejal de la lista en la que el Intendente ha triunfado en las elecciones por las que asumió su mandato
ATENTO:
Al cronograma de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: Autorizase Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante al Sr. Intendente Municipal de Magdalena, Lic. Gonzalo Martín Peluso, a hacer uso de una licencia por vacaciones, en el período comprendido entre los días 01 de Febrero y 14 de Febrero de 2020 inclusive.-
ARTICULO 2º: Dispónese que el Concejal Dn. Lisandro Fabián Hourcade DNI 26.796.889, asuma interinamente el cargo de Intendente Municipal de Magdalena, en reemplazo del actual titular del Departamento Ejecutivo, por los motivos y durante el periodo enunciados en el artículo 1º de la presente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, Elévese al HCD, Regístrese, Archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno