Boletines/Magdalena
Decreto Nº 140/20
Magdalena, 31/01/2020
Visto
El Expediente letra S N° 2237/20;
El Convenio Marco celebrado entre La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad y la Municipalidad de Magdalena; y,
Considerando
Que, visto la Ordenanza N° 3691/19, referida a la inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia de Bs. As. a favor de la Municipalidad (fs.51/53).
Que por dicho Convenio el Municipio podrá dar ingreso de solicitudes de servicios registrales;
Que el Registro informó al Municipio la liquidación a abonar por los servicios prestados;
Que de acuerdo a lo informado es necesario cumplir con el pago de PESOS CUATROCIENTOS ($400) por parcela a inscribir en concepto de tasa timbrado, lo que suma un total de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS ($15.200) (38 parcelas)
Que el Municipio deberá abonar por los mismos mediante depósito bancarios en la Cuenta Nº 51420/6 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal 2000;
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a favor la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, la suma de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS ($15.200) mediante depósito en la cuenta 51420/6 del Banco de la Pcia. de Buenos Aires Sucursal 2000 – CBU 0140999801200005142061 a nombre de “Colegio de Escribanos de la Pcia. de Bs. As. – Convenio con la Dirección de la Propiedad”, por las causas expresadas en el exordio de la presente y de acuerdo a lo especificado en el Convenio.-
ARTICULO 2º: El gasto determinado en el artículo precedente será tomado de la Jurisdicción 9000, Programa 01. Partida 3.8.3.0 “DERECHOS TASAS”. F.F. 110
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés García.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda