Boletines/Magdalena

Decreto Nº242/20

Decreto Nº 242/20

Magdalena, 29/03/2020

Visto

Expte Letra D N° 221/20  donde se recibe nota elevada por el Director de Servicios Públicos, acerca de la inasistencia del Agente GONZALEZ JULIO, Leg Nro: 1249;

Considerando

Que en las mismas el se informa sobre la conducta del agente municipal GONZALEZ JULIO, Leg Nro: 1249, quien no concurrió a su lugar de trabajo las fechas comprendidas entre los días 10 al 14, del 17 al 21 y del 26 al 28 de febrero de 2020 sin aviso.

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, se hace pasible al mencionado Agente a la sanción de SUSTENTACION DE SUMARIO y descuento de los días correspondientes.

Que las mencionadas acciones están previstas en el Art 28 Inc a), el Art 83

y la sanción correctiva de Llamado de atención, de acuerdo a lo expresado en el Art 82 I. a) del Convenio Colectivo de Trabajo

P O R     T O D O     E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: SUSTENTACION DE SUMARIO al agente municipal GONZALEZ JULIO, Leg Nro: 1249, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de febrero  por  no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente y el presentismo, al Agente:

Leg. Nº

Agente Municipal

Día  de DESCUENTO

Fecha

1246

González Julio

13 (TRECE) DIAS

10 al 14, del 17 al 21 y del 26 al 28 de febrero de 2020.

ARTICULO 3º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones que proceda a liquidar en forma individual y excepcional el mes de febrero al agente GONZALEZ JULIO Leg. Nro. 1249 por haber transcurrido los tiempos para efectuar el cierre de liquidaciones como consta en el Expte. Letra D N° 221/20.

ARTICULO 4º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal y Director responsable del Área de trabajo.

ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno