Boletines/Magdalena
Decreto Nº 271/20
Magdalena, 05/03/2020
Visto
El Expte Letra E N°321/20, Estibau Susana y Letra E Espinosa Susana Nª322 /2020 Espinosa Máximo mediante el cual se solicita leche maternizada para sus hijos y nieta y
Considerando
Que ambas familias requieren de la leche leche maternizada para sus hijos y nieta de 2 meses de vida.
Que a fs 2 obra indicación médica de la leche.
Que a fs 8 y 7 obra presupuesto.
Que a fs 7-3 obra informe socioeconómico de la familia que corrobora la situación.
Que la entrega de la leche será en forma mensual hasta que lo determine el profesional de salud.
Que el otorgamiento de la leche permitirá el crecimiento de un niño sano.
Por ello,
El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1: Otórguese un subsidio el cual se materializa en la entrega de s de leche maternizada en forma mensual, a las familias que se detallan en el anexo I que forma parte del presente decreto, hasta que lo determine el profesional de salud.
Artículo 2: La Dirección presentara los comprobantes de entrega.
Artículo 3: Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4.0 ayuda social a personas correspondiente a la Jurisdicción 7000 Programa 24.05 F.F 132.
Artículo 4: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 5: Comuníquese, regístrese y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda