Boletines/Magdalena
Decreto Nº 278/20
Magdalena, 09/03/2020
Visto
La nota presentada por el CLUB ATLETICO SOCIAL RACING, obrante a fs. 1 del expte letra C Nº 312/20, en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y
Considerando
Que de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la Ley 9.403, Ordenanza nº 2771/10 modificada por Ordenanza nº 3521/18,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al CLUB ATLETICO Y SOCIAL RACING a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de 333 boletas , la misma tendrá un Valor de $2000 en cuatro cuotas , a razón de PESOS QUINIENTOS ($ 500) cada boleta , a sortearse el dia 8 de Septiembre por la Lotería de la Provincial Nocturna y por los siguientes premios :
PRIMER PREMIO: PESOS CIEN MIL ($ 100.000).
SEGUNDO PREMIO: TREINA MIL ($ 30.000)
TERCER PREMIO: VEINTE MIL ($ 20.000)
ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de los premios a entregar.-
ARTICULO 3º: El Centro Tradicionalista deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con los nombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno