Boletines/Magdalena

Decreto Nº285/20

Decreto Nº 285/20

Magdalena, 09/03/2020

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra D, Número 1845/19 mediante las cuales DANERI EZEQUIEL, CUIT 20-21509912-2, solicita habilitación municipal del comercio cuya actividad es CARNICERÍA ubicado en calle Rivadavia Nº 1471 de la ciudad de Magdalena; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente;

 Que la mencionada habilitación había sido otorgada mediante Decreto Nº 2016/19 de diciembre de 2019, pero en el cual se había consignado erróneamente el número de partida, por lo cual se entiende procedente dejar sin efecto aquel acto administrativo, procediéndose al dictado del presente para corregir el error.

Por todo ello,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuya actividad es CARNICERÍA (Código de actividad 62100-01) propiedad de DANERI EZEQUIEL, CUIT 20-21509912-2, Legajo Municipal Nº 62849 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 195, Parcela 3c y Partida Inmobiliaria Nº 14.968, ubicado en calle Rivadavia Nº 1471 de la ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: Derógase el Decreto Nº 2016/19 por las razones expuestas en el exordio.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese. 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno