Boletines/Magdalena
Decreto Nº 338/20
Magdalena, 17/03/2020
Visto
El expte letra L Nº 429/13 mediante las cuales el Sr. HÉCTOR ANIBAL LOPEZ solicita se lo exima del pago de la Tasa Servicios Generales Urbanos y Contribución para el Control de la Vía Pública, por el bien de su propiedad designado catastralmente como: Circ. I; Secc. A; Mza. 71; Parc. 3b; Partida: 24.476; y
Considerando
Que el Sr. LÓPEZ es propietario del único bien según consta en el informe,
Que, la Subdirección de Asesoría Letrada informa que teniendo en cuenta los informes de Catastro, y Acción Social, se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Ordenanza nº 1818/00;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º.-HACER LUGAR, a la solicitud interpuesta por el Sr. HÉCTOR ANIBAL LOPEZ, EXIMIÉNDOLO, de la Tasa por Servicios Generales Urbanos correspondiente al año 2.020; por el bien de su propiedad designado catrastralmente como: Circ. I; Secc. A; Mza. 71; Parc. 3b; Partida: 24.476 por estar comprendido dentro de lo establecido en la Ordenanza nº 1818/00.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda