Boletines/Magdalena
Decreto Nº 373/20
Magdalena, 02/04/2020
Visto
El Subsidio a Municipalidades otorgado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires con motivo de solventar gastos originados por la pandemia COVID-19 y;
Considerando
Que consta la certificación de la Tesorería Municipal del ingreso de $ 856.560,00 correspondiente a dicho fondo y efectuado mediante transferencia bancaria el día 20/03/2020;
Que el Honorable Tribunal de Cuentas verificarán el destino de los fondos ingresados conforme a lo establecido en el artículo 15 y 17 del Reglamento para el otorgamiento de subsidios aprobado como anexo único del Decreto Nº 467/07 y modificatorios;
Que el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliaciones presupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;
Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;
Por todo ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2020 en PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($856.560,00) en el Rubro 1750131 “Subsidio COVID-19”, de origen provincial, afectado (Codigo 22).
ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2020 en las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($856.560,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.
ARTICULO 3º: Autorízase el ingreso a la Tesorería Municipal de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($856.560,00) correspondiente a la transferencia mencionada en el exordio del presente.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.
ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda