Boletines/Magdalena

Decreto Nº373/20

Decreto Nº 373/20

Magdalena, 02/04/2020

Visto

El Subsidio a Municipalidades otorgado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires con motivo de solventar gastos originados por la pandemia COVID-19 y;

 

Considerando

Que consta la certificación de la Tesorería Municipal del ingreso de $ 856.560,00 correspondiente a dicho fondo y efectuado mediante transferencia bancaria el día 20/03/2020;

Que el Honorable Tribunal de Cuentas verificarán el destino de los fondos ingresados conforme a lo establecido en el artículo 15 y 17 del Reglamento para el otorgamiento de subsidios aprobado como anexo único del Decreto Nº 467/07 y modificatorios;

Que el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliaciones presupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;

Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2020 en PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($856.560,00) en  el Rubro 1750131 “Subsidio COVID-19”, de origen provincial, afectado (Codigo 22).

ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2020  en las Partidas Presupuestarias correspondientes al  DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($856.560,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.  

ARTICULO 3º: Autorízase el ingreso a la Tesorería Municipal de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($856.560,00) correspondiente a la transferencia mencionada en el exordio del presente.

 ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda

 

 

 

 

 

Anexos

planilla pdf

ampliación presupuestaria

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