Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 3721/20
Magdalena, 20/05/2020
V I S T O:
El artículo 27º inciso 4) de la Ley Orgánica de las Municipalidades referente a la Competencia, Atribuciones y Deberes del Departamento Deliberativo, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que el mismo especifica como función deliberativa la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos (artículo 27º inciso 4) de la Ley Orgánica de las Municipalidades) escogiéndose comúnmente para ello personalidades, fechas o situaciones que hacen a la historia social, política, científica y/o cultural de nuestro país o nuestro distrito.
Y habiendo tomado conocimiento que los vecinos del Barrio sitiado en las intersecciones de las calles Cnel D. French y Formigo, Tandil y Dr. Arturo H. Illía, solicitan se imponga el nombre “La Familia” al mismo.
Tal solicitud se debe a que este barrio se lo conoce popularmente también con el nombre de Barrio Usurpado, siendo esta denominación injusta e inmerecida, propiciando situaciones discriminatorias,
Que con la imposición de este nombre no solo se contribuye al sentimiento de pertenencia expresado por los ciudadanos, sino también cumplir con nuestra función de reparar este tipo de situaciones que atraviesen nuestros vecinos.
Por ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Designase con el nombre de “LA FAMILIA” AL Barrio de Viviendas situado entre las calles Coronel D. French-José M. Formigo y Tandil- Dr. Arturo H. Illía, nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección F, Quinta 162, Parcela X, Partida 2955 de la Ciudad de Magdalena.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 20 DE MAYO DE 2020.
Registrada bajo el nº 3721/20.-
Firmado:
Raúl Gómez - Secretario H.C.D.
Mariel Semino - Presidente H.C.D.