Boletines/Magdalena

Ordenanza Nº3726/20

Ordenanza Nº 3726/20

Magdalena, 10/06/2020

V I S T O

El Expediente letra S Nº 542/20 mediante el cual se propicia la realización de una operación de Leasing por parte del municipio con Provincia Leasing S.A.

C O N S I D E R A N D Oj

Que el municipio se encuentra en la necesidad de contar con más bienes de capital para mejorar su funcionamiento y así satisfacer las necesidades de la comunidad.

Que el Departamento Ejecutivo entiende como adecuado el mencionado tipo de operatoria a realizarse con maquinarias viales que permitan mantener y reparar con mayor eficiencia la red vial municipal, desagües pluviales y las calles que conforman el ejido urbano, como así también la recolección de residuos en sectores del distrito.

 Que se encuentra vigente la Línea Especial de Leasing para los municipios de la Provincia de Buenos Aires de Provincia Leasing S.A. perteneciente al Grupo Bapro.

Que mediante la mencionada operatoria el Departamento Ejecutivo podrá contar con una Retroexcavadora y un Camión con Compactador para la recolección de residuos.

Que para ello se hace necesaria la autorización del Honorable Concejo Deliberante y del Ministerio de Economía de la Provincia. de Buenos Aires.                         

POR ELLO                                              

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar con Provincia Leasing S.A. una operación Leasing.

ARTÍCULO 2º: La operatoria que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones:

  • Tipo de operación: Leasing.
  • Destino:
    • 1 Excavadora Lonking CDM 6240.
    • 1 Camión IVECO Tector Attack 170 E 28 PASO 4185 c/ Compactador de residuos.
  • Monto total (sin IVA): $ 15.532.343,90.
  • Cantidad de cuotas: 45
  • Canon mensual (sin IVA): $ 674.724,60.
  • Plazo de gracia: 3 meses desde la activación del contrato para el pago del canon 1 y gastos administrativos.
  • Tasa de interés: Badlar Privada Promedio + 5,5 Pts.

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

ARTÍCULO 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operación.

ARTÍCULO 5º: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que emita el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes 12.462 y 13295.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 10 DE JUNIO DE 2020

Registrada bajo el Nº 3726/20.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario H.C.D.

Mariel Semino - Presidente H.C.D.