Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 3731/20
Magdalena, 22/06/2020
V I S T O:
Lo establecido en los artículos 67º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, 90º y 231º del Reglamento de Contabilidad y 58º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales correspondientes al Decreto Provincial 2980/00, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Estado de Ejecución de Gastos (economías – excesos) no existen excesos, al cierre del ejercicio, en las partidas presupuestarias de gastos a nivel de Partida Principal.
Que asimismo es necesario neutralizar los posibles excesos que puedan surgir como resultado de las tareas de ajustes al cierre del ejercicio, en las ejecuciones presupuestarias de la Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo y 1110200000 Honorable Concejo Deliberante.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Compénsese por un total de $ 4.800.957,94 (PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 94/100) y por un total de $ 15.900,00 (PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CON 00/100) correspondiente a la Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo y Jurisdicción 1110200000 Honorable Concejo Deliberante respectivamente, los excesos producidos en las Partidas del Presupuesto de Gastos a nivel de Partida Principal según el Estado de Ejecución al cierre del Ejercicio 2019.
ARTÍCULO 2º: Para cumplimentar lo dispuesto en el artículo precedente utilícese como medios de financiación las economías que surgen de la misma fuente del artículo 1º hasta un monto de $ 4.816.857,94 (PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 94/100)
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 22 DE JUNIO DE 2020.-
Registrado bajo el Nº 3731/20.-
Firmado:
Raúl Gómez - Secretario H.C.D.
Mariel Semino - Presidente H.C.D.