Boletines/Magdalena
Decreto Nº 493/20
Magdalena, 01/06/2020
Visto
Las actuaciones del Expediente Letra “S” Nro. 493/2020 que enmarcan y dan forma a la solicitud de Eximición presentada por la Sra. SCHUSTER ELISA NOEMI –DNI 5.119.136 para gozar de los beneficios establecidos en el Capítulo XI – Artículo 67º de la Ordenanza Fiscal Nº 3694/2019 vigente para el Ejercicio 2.020.
A fs. 2 obra la documentación correspondiente a la mencionada contribuyente, domiciliada en calle 13 Nº 865 de la localidad de La Plata quien se encuentra tramitando la habilitación de un comercio; y
Considerando
Que la Sra. SCHUSTER ELISA NOEMI posee como diagnóstico “Anormalidades de la marcha y de la movilidad. Gonartrosis postrumática, bilateral (Osteo) artrosis primaria generalizada”.
Que consta a fs. 3 de las presentes actuaciones el certificado de discapacidad correspondiente extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. El mismo posee validez hasta el día 23/07/2028, y la interesada deberá presentar ante las oficinas correspondientes de la Municipalidad de Magdalena, el nuevo certificado vigente a partir de la fecha mencionada con anterioridad para solicitar el beneficio de eximición por un nuevo plazo.
Que se cumplen las condiciones establecidas en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente para el Ejercicio 2.020, en los términos de la Ordenanza Nº 525/88.
Que en el presente Decreto se considera la Eximición en forma genérica respecto de los tributos derivados del ejercicio de Actividades Comerciales y de los Derechos de Oficina correspondientes, siendo necesario una vez otorgada la Habilitación de Comercio, un nuevo Acto Administrativo respecto de las Tasas y Derechos específicos que deriven del ejercicio de la actividad comercial, que deberá ser solicitada por el contribuyente en cuestión.
Por lo expuesto
el Intendente Municipal de Magdalena en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Otórguese, por las razones expresadas en el exordio, la exención del pago de los tributos derivados del ejercicio de Actividades Comerciales y de los Derechos de Oficina correspondientes (Inicio de Expediente hasta 5 fojas -más excedentes-, Libro de Inspección, Certificado de Habilitación, Libretas Sanitarias Municipales y/o Nacionales, Libros de Inspección, Tasa por Habilitación de Comercio/Industria, Solicitud de tipo: Anexión de Rubro-Traslado de Domicilio Comercial-Cese Comercial) a la Sra. SCHUSTER ELISA NOEMI –DNI 5.119.136, domiciliado en calle 13 Nº 865 de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires. El beneficio tendrá validez a partir del día de la fecha y hasta el día 23/07/2028 (plazo de validez del certificado de discapacidad presentado en las actuaciones).
ARTÍCULO 2: Déjase expresamente establecido que luego de la Habilitación de Comercio otorgada por la Municipalidad de Magdalena con un número de Legajo Municipal Identificatorio, deberá la Sra. SCHUSTER ELISA NOEMI, solicitar la Eximición en lo que respecta a las Tasas y Derechos que deriven de la Actividad Comercial específica.
ARTÍCULO 3: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés García.
ARTÍCULO 4: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda