Boletines/Magdalena
Decreto Nº 504/20
Magdalena, 04/06/2020
Visto
La necesidad de proceder a la cobranza de los “Derechos de Inspección de Antenas, sus estructuras, soportes y sus equipos complementarios”, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2020, legislados por el Capítulo XVIII de la Ordenanza Fiscal (parte especial) e Impositiva Nº 3694/2019, con vigencia a partir del primer día hábil del presente año, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 27 de Diciembre de 2019 y promulgada el día 30 de Diciembre del mismo por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 118/2019.
El vencimiento establecido para el pago por parte de los contribuyentes que deben tributar los mencionados Derechos, fijado por el Capítulo XXIV (Artículo 45º - Inciso XVIII) de la citada normativa, para el día 31 de Mayo del corriente año; y
Considerando
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 196º de la Ordenanza Fiscal la base imponible está constituida por los metros de altura de cada una de las antenas instaladas en el Distrito, en tanto que el artículo 36º de la Ordenanza Impositiva fija los importes que corresponde tributar en función de los metros de altura, tipo y característica y ubicación de las mismas.
Que atento a las limitaciones impuestas por la pandemia de coronavirus que afecta al país en cuanto al desenvolvimiento de la actividades a nivel general y en particular las de índole municipal, ameritan la disposición de una prórroga de la fecha de vencimiento fijada en la Ordenanza Impositiva del presente año, considerando las facultades otorgadas por el Artículo 23º del Capítulo V de la Ordenanza Fiscal.
Por ello,
el Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: Dispónese, por los motivos expresados en el exordio, la emisión, liquidación y cobranza de los “Derechos de Inspección de Antenas, sus estructuras, soportes y sus equipos complementarios” correspondientes al Ejercicio Fiscal 2020.-
ARTICULO 2º: Los valores y parámetros a considerar para proceder a la liquidación de los Derechos se detallan en el Anexo I que forma parte del presente, de acuerdo a lo establecido por el artículo 36º de la Ordenanza Impositiva Municipal vigente.-
ARTICULO 3º: Determínase, en razón de los motivos enunciados, la prórroga del vencimiento para el pago del tributo, fijando como nueva fecha el día 30 de Junio del corriente año.-
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés Luciano García.-
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, Publíquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al registro municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda