Boletines/Magdalena
Decreto Nº 532/20
Magdalena, 12/06/2020
Visto
Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº297/2020, N°325/2020, N°355/2020, N°408/2020, N°459/2020, N°493/2020 y N°520/2020 de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictados por el Estado Nacional, como así también el Decreto Provincial N°498/2020 y la Resolución Provincial 260/2020, y
Considerando
Que, por Decreto Municipal N°347/2020, 357/2020, 381/2020, 404/20 y 478/20 se adhiere a las sucesivas prórrogas del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020,
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: ADHERIR en todos sus términos al Decreto N°498/2020 emitido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, como así también a la Resolución N°260/2020 y sus Anexos
ARTÍCULO 2°: ESTABLECER que las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia dentro del Partido de Magdalena son las enunciadas en los Decretos Municipales N° 398/20, 421/20, 490/20, 497/20, 498/20 y 499/20 y sus respectivos Anexos.
ARTÍCULO 3º: HABILITAR la apertura del Cementerio Municipal de Magdalena y el cementerio Municipal de Bartolomé Bavio, a partir del 17 de Junio de 2020 en el horario de 9.00 a 15.00 horas, para visitas de deudos, con la correspondiente medidas de distanciamiento social.
ARTÍCULO 4º: La presentes habilitaciones están sujetas al constante monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria del Distrito de Magdalena.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno