Boletines/Magdalena
Decreto Nº 538/20
Magdalena, 17/06/2020
Visto
Las actuaciones del expediente Letra C Número 490/2020 mediante las cuales CECI JORGE LEANDRO – CUIT 20-28768517-4, Legajo Municipal Nº 62861, solicita la anexión del rubro VERDULERIA al comercio habilitado con los rubros CARNICERÍA Y ALMACEN, mediante Decreto Nº 186/2020 de fecha 10 de febrero de 2020, ubicado en calle Terrarosa y Jauregui de la localidad de Atalaya; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la anexión del rubro VERDULERIA (Código de actividad: 62100-04) al comercio cuyas actividades son CARNICERÍA Y ALMACEN (Códigos de actividad: 62100-01 y 62100-06), propiedad de CECI JORGE LEANDRO – CUIT 20-28768517-4, Legajo Municipal Nº 62861, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección G, Manzana 8j, Parcela 10 y Partida Inmobiliaria Nº 3514 ubicado en calle Terrarosa y Jauregui de la localidad de Atalaya.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendada por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno