Boletines/Magdalena

Decreto Nº546/20

Decreto Nº 546/20

Magdalena, 18/06/2020

Visto

El expediente Letra S Nº 1262/19 mediante el cual tramita la CONTRATACION DE MANO DE OBRA PARA LA TERMINACIÓN DE CUATRO (4) VIVIENDAS,  ubicadas en calles Viamonte, Chacabuco, Araldi y S/N, Nomenclatura Cir 1 – Secc. G, Ch90, Mz. 90 O; del convenio “TERMINACION DE 11 VIVIENDAS – Etapa 1 de 23 viviendas” de la Localidad de Magdalena, Partid de Magdalena.-

Considerando

Que, el día 2 del mes de Julio del año 2019 ha sido suscripto contrato con la “COOPERATIVA FRISO LTDA.”, representada por Sergio Edmundo Martin Rollie, DNI 20.795.622, por un valor total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y CINCO  CON OCHENTA Y UN CVOS. ($ 2.955.085,81).-

 Que, ha sido emitido el Certificado Nº 07 por un monto de PESOS CUATROCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON ONCE CVOS ($ 411.667,11).-

Que el siguiente certificado se encuentra afianzado por la Póliza de Caución de Ejecución de Contrato Nº 333515, por un monto de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHO CON CINCUENTA ($ 295.508,80) y debe realizarse el descuento del 5% correspondiente a la Sustitución de Fondo de reparo, por un monto de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS CVOS ($20.583,36),

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a La “COOPERATIVA FRISO LTDA.”, representada por  el Sr. Sergio Edmundo Martin Rollie, DNI 20.795.622, por un valor total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON SESENTA CVOS ($210.830,60), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

 ARTICULO 2º: Se deberá efectuar el descuento del 5% correspondiente a la sustitución de Fondo de reparo por un monto de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS CVOS ($20.583,36),    el siguiente certificado se encuentra afianzado por la Póliza de Caución de Ejecución de Contrato Nº 333515, por un monto de PESOS DOSCIENTOS NOVENAT Y CINCO MIL OCHO CON CINCUENTA ($295.508,80)

ARTICULO 3º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida  4.2.1.0, "CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PIVADO" -  PROGRAMA 23, FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena Sr. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 5º:   Comuníquese, a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda