Boletines/Magdalena

Decreto Nº575/20

Decreto Nº 575/20

Magdalena, 26/06/2020

Visto

Las actuaciones del Expte letra D Nº 581/2020 en las cuales se informa el fallecimiento del Agente MOYANO CARLOS ROBERTO DNI 14.677.938, LEGAJO Nº 797  y;

Considerando

Que, se debe dictar el acto administrativo pertinente procediendo a su BAJA de acuerdo a lo establecido por el Art. 34, inc. c) del Convenio Colectivo de Trabajo.

Que, Contaduría Municipal deberá implementar la erogación del Subsidio establecido por el Artículo 76 de la Ley 14656 y Art 29 de la Ley 10430,  a derecho habiente fehacientemente acreditado y se deberá proceder a la liquidación mediante Orden de Pago de: mes subsiguiente a la fecha de fallecimiento por un Monto de $ 31.858,24 (PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON VEINTICUATRO CVOS), 35 (TREINTA Y CINCO) del año 2019 y 17 (DIECISIETE) días del año 2020 de licencias no gozadas por un Monto de $ 55.220,95 (PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE CON NOVENTA Y CINCO CVOS).

Que, lo expuesto cuenta con la pertinente autorización de la Sra. Secretaria de Gobierno.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESE DE BAJA con fecha 18 de junio de 2020  al  Agente Municipal Sr. CARLOS ROBERTO MOYANO DNI 14.677.938, LEGAJO Nº 797 , en virtud de la causal expuesta en el exordio del presente.

ARTICULO 2º: AUTORICESE  a la Contaduría Municipal a Liquidar mediante Orden de Pago la erogación del Subsidio establecido por el Artículo 76 de la Ley 14656 y el Art 29 de la Ley 10430,  a derecho habiente fehacientemente acreditado, establecido por la Legislación laboral vigente por un Monto de $ 31.858,24 (PESOS TREINTA Y UN MI OCHOCIEMNTOS CINCUENTA Y OCHO CON VEINTICUATRO CVOS), 35 (TREINTA Y CINCO) del año 2019 y 17 (DIECISIETE) días del año 2020 de licencias no gozadas POR UN Monto de $ 55.220,95 (PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE CON NOVENTA Y CINCO CVOS)., en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente.

ARTICULO 3º: °: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación de las Partidas 1.5.0.0 (ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL)  Jurisdicción 6000 Programa 01 y de la Partida 1.6.0.0. (LICENCIAS NO GOZADAS) Jurisdicción 6000 Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 4º: El  presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno, Marina Blanco.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno