Boletines/Magdalena
Decreto Nº 586/20
Magdalena, 01/07/2020
Visto
Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº297/2020, N°325/2020, N°355/2020, N°408/2020, N°459/2020, N°493/2020, N°520/2020 y 576/20 de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictados por el Estado Nacional, como así también el Decreto Provincial N°498/2020 y 583/20 y la Resolución Provincial 260/2020 y 679/20, y
Considerando
Que, por Decreto Municipal N°347/2020, 357/2020, 381/2020, 404/20, 478/20 y 532/20 se adhiere a las sucesivas prórrogas del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020,
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: ADHERIR en todos sus términos al Decreto N°583/20 emitido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, como así también a la Resolución N°679/20 y sus Anexos.
ARTÍCULO 2°: ESTABLECER que las actividades y servicios habilitados en la emergencia dentro del Partido de Magdalena son las enunciadas en los Decretos Municipales N° 398/20, 421/20, 490/20, 497/20, 498/20 y 499/20 y sus respectivos Anexos
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno