Boletines/Magdalena

Decreto Nº603/20

Decreto Nº 603/20

Magdalena, 08/07/2020

Visto

Lo dispuesto en el Decreto Municipal N° 499/2020, y

Considerando

Que, es necesario adecuar el horario de atención al público de las Agencias Oficiales de Lotería;

Que, la medida fue adoptada con la aprobación por unanimidad del Comité de Crisis Municipal,

Que la presente autorización quedará sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a los procedimientos de fiscalización que el municipio haya establecido para el desarrollo de las actividades autorizadas.

POR todo ello,

El Intendente Municipal, en ejercicio de las atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Modificar el art. 2° del Decreto 499/20 que quedara redactado de la siguiente manera: “El horario de atención al público será de lunes a sábado  de 10 a 19hs.”

ARTÍCULO 2º: La presente autorización quedará sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a la evolución de la situación epidemiológica en el distrito.

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto es tendrá vigencia a partir del día 09 de Julio de 2020.

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto es refrendado por la  Sra.  Secretaria de  Gobierno.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno