Boletines/Magdalena
Decreto Nº 638/20
Magdalena, 20/07/2020
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente letra I Nº 545/2020, referente Concurso de precios para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA Y EQUIPOS PARA LA EJECUCION DEL CORDON CUNETA EN EMPALME MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES “
Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura conto con la participación de CUATRO Empresas/Firmas del ramo COOPERATIVA DE TRABAJO FRISO LIMITADA-COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA- LLANOS, CARLOS MARCELO- PONCE, MARIO OSCAR.
Que DOS de las empresas (Llanos Carlos Marcelo- Ponce Mario Oscar) cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que DOS de las empresas (Cooperativa de Trabajo los Toldos Ltda- Cooperativa de Trabajo Friso Limitada ) no presentaron GARANTIA FIRMAD, establecido en el articulo 9, inc. 3 de las clausulas legales generales del pliego en referencia, es por ello que no se pudo concretar la apertura del sobre DOS.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Gobierno a Fs. 200 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa LLANOS, CARLOS MARCELO.
Que, visto el informe emanado por el Sr Secretario de Hacienda Municipal a Fs 200v, avalando dicha adjudicación.
Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1ºADJUDICASE a la Empresa/Firma “LLANOS, CARLOS MARCELO” (CUIT Nº 20-21772222-6) por una suma total de PESOS UN MILLON CON 00/100 ($1.000.000) para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA Y EQUIPOS PARA LA EJECUCION DEL CORDON CUNETA EN EMPALME MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES.” en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a CONCURSOS DE PRECIOS Nº 04/20.-
ARTICULO 2º: AFECTASE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/75 Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Público” con fuente de financiamiento 110 de Origen Municipal del presupuesto de gastos para el Ejercicio 2020.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dese al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda