Boletines/Magdalena
Decreto Nº 753/20
Magdalena, 26/08/2020
Visto
Los el Exp. D Nº 771, Decretos Municipales Nº 317/ 2020, Nº 347/20 y Nº 346/20 y, as actuaciones iniciadas mediante Expte. letra A Nº 725/20 y;
Considerando
Que, el virus denominado COVID-19 se propaga a nivel mundial, existiendo numerosos países con casos confirmados;
Que la Organización Mundial de la Salud declaró que se trata de una pandemia y emite de manera constante recomendaciones para evitar su propagación y contagio;
Que el Gobierno Nacional ha adoptado diversas medidas para evitar la propagación del virus y prevenir el contagio.
Que el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires dictó el Decreto 132/2020, por el que declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires, por el término de 180 días;
Que es necesario contar con Personal Mensualizado Técnico con régimen de 40 hs, para que realice tareas en el área de ENFERMERIA, por el periodo comprendido entre el 26 de Agosto y el 9 de Septiembre de 2020
Que, el Estado Municipal es el responsable de garantizar las prestaciones de los servicios, la Salud y Seguridad de la Población.
Que, es propuesta para tales tareas el Sr. FERREIRA FRANCA RENE ALEXANDER – DNI 41.303.623.
Que, el presente trámite cuenta con la pertinente autorización de la Secretaria de Gobierno.-
POR ELLO
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DESIGNAR POR INSISTENCIA como Personal MENSUALIZADO TECNICO (Enfermero) con un régimen de 40 Hs, por el periodo comprendido entre el 26 de Agosto y el 9 de Septiembre de 2020 al Sr. FERREIRA FRANCA Rene Alexander – DNI 41.303.623 Leg Nro: 2529, a raíz de las necesidades y medidas tomadas por el Covid 19, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art.1º, será con afectación de las Partida 1.2.1.2 – PERSONAL MENSUALIZADO TECNICO, Jurisd. 4000, Prog. 16, FF 110, del Presupuesto General de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno