Boletines/Magdalena
Decreto Nº 758/20
Magdalena, 27/08/2020
Visto
Lo dispuesto en la NOTA NO-2020-11242364-GDEBA-MJGM correspondiente al expediente EX-2020-08822764-GDEBA-DSTAMJGM y el decreto 498/20 del Departamento Ejecutivo, y
Considerando
Que, la Municipalidad de Magdalena ha solicitado, en el expediente de referencia, la intervención para el inicio de actividades de servicios profesionales, acompañando al efecto la documentación correspondiente;
Que, cabe señalar que, para el desarrollo de la actividad listada, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, ha prestado conformidad, realizando las siguientes recomendaciones: deberá especificarse el control de temperatura al ingreso a prestar servicios en todas las actividades y en el caso particular de consultorios médicos y otros profesionales de la salud, uso de equipos de protección personal y pautas de higiene ante prácticas que generen aerosoles.
Que la presente autorización se extenderá a los PROFESIONALES DE LA SALUD NO RESIDENTES EN EL PATIDO DE MAGDALENA y quedará sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a los procedimientos de fiscalización que el municipio haya establecido para el desarrollo de las actividades autorizadas mediante decreto 498/2020.
POR todo ello,
El Intendente Municipal, en ejercicio de las atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Autorizar a partir del 28 de Agosto de 2020, el inicio de las actividades en Consultorios médicos, odontológicos y otros profesionales de la salud a los NO RESIDENTES en el Distrito de Magdalena (kinesiólogos, nutricionistas, psicólogos, terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos, entre otros), de lunes a viernes en horario de 9 a 18 hs.
ARTÍCULO 2º: La presente autorización quedará sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a los procedimientos de fiscalización establecidos para el desarrollo de las actividades autorizada. (Decreto 498/2020)
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto es refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno