Boletines/Magdalena

Decreto Nº758/20

Decreto Nº 758/20

Magdalena, 27/08/2020

Visto

Lo dispuesto en la NOTA NO-2020-11242364-GDEBA-MJGM correspondiente al expediente EX-2020-08822764-GDEBA-DSTAMJGM y el decreto 498/20 del Departamento Ejecutivo, y

Considerando

Que, la Municipalidad de Magdalena ha solicitado, en el expediente de referencia, la intervención para el inicio de actividades de servicios profesionales, acompañando al efecto la documentación correspondiente;

Que, cabe señalar que, para el desarrollo de la actividad listada,  el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, ha prestado conformidad, realizando las siguientes recomendaciones: deberá especificarse el control de temperatura al ingreso a prestar servicios en todas las actividades y en el caso particular de consultorios médicos y otros profesionales de la salud, uso de equipos de protección personal y pautas de higiene ante prácticas que generen aerosoles.

Que la presente autorización se extenderá a los PROFESIONALES DE LA SALUD NO RESIDENTES EN EL PATIDO DE MAGDALENA y quedará sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a los procedimientos de fiscalización que el municipio haya establecido para el desarrollo de las actividades autorizadas mediante decreto 498/2020.

POR todo ello,

El Intendente Municipal, en ejercicio de las atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Autorizar  a partir del 28 de Agosto de 2020, el inicio de las actividades  en Consultorios médicos, odontológicos y otros profesionales de la salud a los  NO RESIDENTES en el Distrito de Magdalena (kinesiólogos, nutricionistas, psicólogos, terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos, entre otros), de lunes a viernes en horario de 9 a 18 hs.

ARTÍCULO 2º: La presente autorización quedará sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y de funcionamiento, y a los procedimientos de fiscalización establecidos para el desarrollo de las actividades autorizada. (Decreto 498/2020)

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto es refrendado por la  Sra.  Secretaria de  Gobierno.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno