Boletines/Magdalena
Decreto Nº 799/20
Magdalena, 07/09/2020
Visto
El expte letra I Nº 780/2020; y
Considerando
Que se hace necesario la construcción de la red de agua corriente y de recolección de líquidos cloacales con destino a la provisión de dichos servicios en el loteo ubicado en predio cuya nomenclatura catastral se define como Circ. I – Sección E – Qtas: 8, 9, 21, 22, 34 y 35; emplazado en las calles Gral. José Viamonte, Anibal Mir, Quilmes y Las Flores de la localidad de Magdalena,
Que la Empresa Aguas Bonaerenses S.A. otorgo el correspondiente Certificado de Factibilidad y Autorización de Construcción respectivo,
Que para la realización de la Mano de Obra, se contratará a la Coop. De Agua Potable y otros Servicios Públicos de Verónica Ltda,
Que dicha cooperativa presentó el presupuesto correspondiente,
Que el Contador Municipal informa que la presente contratación se encuadra en lo normado en el Art. 132º inc c de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Que en su informe el Subdirector de Asesoría Letrada considera procedente la continuidad del trámite para la correspondiente adjudicación,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: AUTORICESE a la Oficina de Compras a realizar la adjudicación de la Mano de Obra necesaria para el tendido de redes de agua potable y cloacas en el loteo cuya designación es Circ. I – Sección E – Qtas: 8, 9, 21, 22, 34 y 35 emplazado en las calles Gral. José Viamonte, Anibal Mir, Quilmes y Las Flores de la localidad de Magdalena, de acuerdo a las especificaciones técnicas obrantes en el Expte 780/20 a la “Cooperativa de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Verónica Ltda.” por un importe de pesos tres millones ochocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos ( $ 3.848.400 ).-
ARTICULO 2º.- La erogación que se determina en el Art. lº deberá ser tomada de la Partida 4.2.2.0. Construcciones en bienes de dominio público - Jurisdicción 1110105000 - Programa 23-92, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda a de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda