Boletines/Magdalena
Decreto Nº 831/20
Magdalena, 17/09/2020
Visto
El expediente Letra I Nº 680/19, mediante el cual tramita la Licitación Publica Nº 9 para la “CONTRATACION DE MANO DE OBRA , MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA REFACCION Y AMPLIACION DE LA ESCUELA PRIMARIA Nº 5 DE LA LOCALIDAD DE EMPLAME, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-
Considerando
Que, a fs 694 se presenta por parte de la empresa una nota de solicitud de ampliación del plazo de ejecución de obra por 60 días.-
Que, la Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos a fs 695 informa que las razones que la empresa indica tienen plena validez, coincidiendo en que 60 días es un plazo aceptable para que la obra se culmine en su totalidad.-
Que, en caso de incumplimiento se aplicara el Articulo 25 del contrato (a fj 463) “MULTAS: Se aplicara al contratista si no cumpliera en cumpliera en tiempo y forma en el plazo estipulado, una multa del 1 % del monto de contrato por cada día de demora”,
POR ELLO:
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias
DECRETA
ARTICULO 1º: AUTORIZASE la Ampliación del Plazo de Obra a la Empresa SALBACO S.A. por un plazo de 60 días a partir del 17 de Septiembre del año 2020, según los considerandos ut supra citados.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno Sra. Marina Blanco.-
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno