Boletines/Magdalena
Decreto Nº 849/20
Magdalena, 22/09/2020
Visto
Las actuaciones del expediente Letra V Número 822/2020 mediante las cuales VILLA MERCEDES – CUIT 27-31223990-1, Legajo Municipal Nº 60116, solicita la anexión del rubro ALMACEN DE COMESTIBLES al comercio habilitado con los rubros KIOSCO – BAZAR – HELADERÍA – VENTA DE INDUMENTARIA, mediante Resolución de fecha 05 de junio de 2017, ubicado en Avenida Mitre esquina Ferrara de la localidad de Atalaya; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la anexión del rubro ALMACEN DE COMESTIBLES (Código de actividad: 62100-06), propiedad de VILLA MERCEDES – CUIT 27-31223990-1, Legajo Municipal Nº 60116, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección G, Chacra 10, Manzana 10b, Parcela 1 y Partida Inmobiliaria Nº 2831 ubicado en Avenida Mitre esquina Ferrara de la localidad de Atalaya.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno