Boletines/Magdalena
Decreto Nº 855/20
Magdalena, 23/09/2020
Visto
Las actuaciones iniciadas mediante Expte. letra Z Nº 2263/19, Decreto 2005/19, Expte. 137/2020 y decreto 178/2020, los cuales determinan el Cese y Baja como también la solicitud del beneficio de anticipo de haberes prejubilatorios del Agente Municipal ZARO TOMAS ANTONIO legajo Nro. 1171 y Expte 137/2020
Considerando
Que deberá modificarse el Decreto 2005/19, en donde por error involuntario se consignó equívocamente la fecha del cese laboral del mencionado Agente, debiendo ser la correcta para completar los 10 años de aportes, a partir del 1/02/2020.-
Que asimismo el agente ZARO solicito mediante expte. 137/2020, solicito el beneficio de anticipo de haberes (anticipo jubilatorio) el que queda firme mediante decreto 178/2020.-
Que la manera de completar y realizar los aportes adicionales, es a través de declaración jurada adicional ante el organismo previsional interviniente IPS.
Que a fin de No ocasionar un perjuicio económico y financiero del agente citado, es conveniente continuar con la percepción del anticipo jubilatorio hasta su jubilación definitiva; que los anticipos que perciba tiene carácter de alimentario por tratarse de haberes anticipados, los cuales se descontarán a partir del momento del cobro de sus haberes jubilatorios.
Que, el Agente Municipal ZARO TOMAS ANTONIO, legajo Nº 1171 con DNI. Nº 10.685.622 queda enmarcado dentro de lo previsto por el Art. 34 Inc g) del Convenio Colectivo de Trabajo, haber alcanzado la edad exigidos por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio.
Que en consecuencia, ante dicha circunstancia deberá procederse al CESE Y BAJA del mencionado agente, de acuerdo a lo previsto por la citada ley a partir del día 1º de febrero de 2020 cumpliendo con los 10 años de aporte siendo su cómputo correcto.
Que, el presente trámite cuenta con la pertinente autorización del Secretario de Gobierno.-
POR ELLO
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: MODIFIQUESE EL CESE Y BAJA EXPRESADO EN EL DECRETO 2005/19, por lo siguiente CESE Y BAJA a partir del día 1º de febrero de 2020 al Agente Municipal, ZARO TOMAS ANTONIO, legajo Nº 1171 con DNI. Nº 10.685.622, para acceder al beneficio de JUBILACION POR HABER ALCANZADO LA EDAD exigida (APORTES MINIMOS) por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-
ARTICULO 2º: Tramítese a través del DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES el pago de haberes, descuentos correspondientes y de los aportes previsionales restantes, a los efectos de efectuar mediante una Declaración Jurada Adicional Complementaria y extraordinaria ante el Instituto de Previsión Social.
ARTICULO 3º: Que se ratifica la autorización al DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES para que continué abonando el Anticipo Jubilatorio autorizado por decreto 178/2020, y hasta tanto el IPS resuelva su Pasividad.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno Marina BLANCO y el Secretario de Hacienda, Cdr ANDRÉS GARCIA.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno