Boletines/Magdalena
Decreto Nº 894/20
Magdalena, 05/10/2020
Visto
Que el expte H Nº 341/20 solicita se le exima del pago de la siguiente Tasa Municipal:
-TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS correspondientes al año 2020, por el bien de su propiedad designado catastralmente como:
Circ. I; Secc: E; Mza 24 a : Parc: 11 ; Partida: .28057
Considerando
Que efectuados los informes de las oficinas correspondientes la Dirección de Asesoría Letrada entiende que no encuadra con la normativa estipulada en el Articulo 1 Inc 1 de la Ordenanza Municipal n° 2990/12, donde el monto que percibe por su Jubilación ($29.357.79) supera al monto del salario que marca esta ordenanza.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: NO HACER LUGAR, a la solicitud interpuesta por la Sra. HAEDO MARIA ANGELICA en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente, no eximiéndola del pago por el año 2.020 de las TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS, por la partida designada catastralmente como: 28057.-
ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda