Boletines/Magdalena

Decreto Nº899/20

Decreto Nº 899/20

Magdalena, 05/10/2020

Visto

Expte Letra D N° 879/20  Inasistencias de MONTES DE OCA Osvaldo Leg Nro: 1341; y

 

Considerando

Que en las mismas el Director de Recursos Humanos GUILLERMO LARES informa sobre la conducta del Agente:

MONTES DE OCA Osvaldo, Legajo Nro 1341, no concurrió a su puesto de trabajo el día 2 de octubre de 2020, sin justificación alguna, a fs. 6.

Que Anteriormente el Agente fue sancionado con un APERCIBIMIENTO y el DESCUENTO DE DIAS correspondiente, mediante Decreto  880/20 del 1/10/2020.

Que ante esta situación, deberá aplicarse la sanción de 1 (UN) día de SUSPENSION, el DESCUENTO del día correspondiente y el PRESENTISMO, dado la proximidad de esta ausencia, con la sanción de la falta anterior.

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, se hace pasible al mencionado Agente a la sanción de Apercibimiento y descuento del día correspondientes.

Que las mencionadas acciones están previstas en el Art 28 Inc a), el Art 83

y la sanción correctiva de Apercibimiento, de acuerdo a lo expresado en el Art 82 I. a) del Convenio Colectivo de Trabajo.

P O R     T O D O     E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE al Agente: MONTES DE OCA Osvaldo, Legajo Nro 1341 con 1 (UN) día de SUSPENSION, por  no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente

ARTICULO 2°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de OCTUBRE, del día correspondiente y el PRESENTISMO, al Agente:

Leg Nro

Agente

Día de Descuento

Fecha

1341

MONTES DE OCA Osvaldo

1 (UN)

2 de octubre de 2020

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto, será notificado a los Agentes por medio de la Oficina de Personal y Director responsable del Área de trabajo.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno