Boletines/Magdalena

Decreto Nº943/20

Decreto Nº 943/20

Magdalena, 19/10/2020

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra i Nº 856/20, referente al Llamado a Concurso de Precios Nº 08/2020 para adjudicar la “PROVISIÓN DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL POLIDEPORTIVO DEL CRIM DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de DOS (02)   Empresas/Firmas del ramo: ELECTRICIDAD SOLARI SRL y BONGIORNO, JOSE LUIS, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sub Secretaria de Obras y servicios Públicos a Fs. 113 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la firma ELECTRICIDAD SOLARI SRL.

Que, visto el informe emanado por la Secretaria de Hacienda Fs. 113v, avalando dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO  1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma ELECTRICIDAD SOLARI S.R.L (CUIT Nº 30-62967983-5), por una suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 ($ 639.587,00) para adjudicar la PROVISIÓN DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL POLIDEPORTIVO DEL CRIM DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a Concurso de Precios Nº 08/2020.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 24/61 Partida 4.2.1.0 “Constr. En Bienes de Dominio Privado” con Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2020.-

ARTICULO 3º:  El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO  4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda