Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1099/20
Magdalena, 26/11/2020
Visto
Las actuaciones del Expediente Letra B, Número 853/2020 mediante las cuales BENTOS EZEQUIEL, CUIT 20-40548740-4, solicita habilitación municipal del comercio cuya actividad es VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS NO CLASIF. EN OTRA PARTE ubicado en calle Brenan entre Presidente Perón y Miguens de la ciudad de Magdalena; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello,
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuya actividad es VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS NO CLASIF. EN OTRA PARTE (Código de actividad 62100-20) propiedad de BENTOS EZEQUIEL, CUIT 20-40548740-4, Legajo Municipal Nº 62890 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 233, Parcela 1m y Partida Inmobiliaria Nº 3302, ubicado en calle Brenan entre Presidente Perón y Miguens de la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º:El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno