Boletines/Magdalena

Decreto Nº1107/20

Decreto Nº 1107/20

Magdalena, 26/11/2020

Visto

Que por el Expediente Letra “D” Nro. 1630/2019 se tramitan las Eximiciones correspondientes a las Tasas Territoriales de las Entidades de Bien Público registradas en el Partido de Magdalena como tales.

Que en dicho Expediente intervienen las Dependencias Municipales necesarias para determinar los aspectos indispensables a fin de que las Entidades gocen del beneficio correspondiente para los años 2019 y 2020 (Dirección de Educación, Desarrollo Humano y Familia, Subdirección de Catastro Territorial, Subdirección de Asesoría Letrada, Subdirección de Rentas y Secretaría de Gobierno).

Que las actuaciones permanecieron demoradas en la segunda de las dependencias mencionadas, lo cual originó demoras en su tratamiento, no atribuible a los contribuyentes interesados en el asunto.

Que el SPORT CLUB MAGDALENA, registrado bajo ENTIDAD NRO. 8 en la Municipalidad de Magdalena posee las titularidades de las Partidas identificadas con los Nros.: 17081 (Circunscripción I Sección B Manzana 171 Parcela 11e), 24291 (Circunscripción I Sección B Manzana 171 Parcela 11g), 02892 (Circunscripción I Sección B Manzana 171 Parcela 12a), 07049 (Circunscripción I Sección B Manzana 171 Parcela 14a), 04196 (Circunscripción I Sección B Manzana 184 Parcela 2), 15930 (Circunscripción I Sección B Manzana 184 Parcela 3a), 04716 (Circunscripción I Sección C Manzana 204 Parcela 1a), 04440 (Circunscripción I Sección B Manzana 190 Parcela 6), 17045 (Circunscripción I Sección B Manzana 190 Parcela 7b), 18280 (Circunscripción I Sección C Manzana 203 Parcela 2a), 18281 (Circunscripción I Sección C Manzana 203 Parcela 2b), 18282 (Circunscripción I Sección C Manzana 203 Parcela 2c), 18283 (Circunscripción I Sección C Manzana 203 Parcela 2d), 18284 (Circunscripción I Sección C Manzana 203 Parcela 2e), 18285 (Circunscripción I Sección C Manzana 203, Parcela 2f) y 04195 (Circunscripción I Sección B Manzana 184 Parcela 1) las cuales tributan la Tasa por Servicios Generales Urbanos-Tasa para el Control de la Vía Pública.

Considerando

Que efectuados los informes del Registro de Entidades de Bien Público, de las Oficinas de Catastro y Asesoría Letrada, se desprende que se encuentra comprendida dentro de la Reglamentación Vigente, Ordenanza Nro. 3448/17,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º: HACER LUGAR, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente, a la EXIMICIÓN del pago por los años 2019 y 2020 de la TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS-TCVP por las Partidas designadas catastralmente como 17081, 24291, 02892, 07049, 04196, 15930, 04716, 04440, 17045, 18280, 18281, 18282, 18283, 18284, 18285 y 04195, propiedades del SPORT CLUB MAGDALENA (Entidad Nro. 8).

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena (Cr. Andrés Luciano García).

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda