Boletines/Magdalena

Decreto Nº1114/20

Decreto Nº 1114/20

Magdalena, 26/11/2020

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 965/2020, referente a Licitación Privada para adjudicar la “PROVISION DE DOS MIL QUINIENTAS (2.500) TONELADAS DE PIEDRA 6/20 EN CANTERA CARGADA SOBRE CAMION, PARA ELABORACION DE HORMIGON DESTINADA A OBRAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, BARTOLOME BAVIO, VIEYTES Y EMPALME – PARTIDO DE MAGDALENA-, PCIA. DE BUENOS AIRES”.   

Considerando

Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de UN (1) Empresa/Firma del ramo GALASUR S.A, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Gobierno a Fs. 93 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa GALASUR S.A.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 93v avalando dicha Adjudicación.

Que, dicha Firma quedo como único oferente, por tal motivo el mismo será elevado al H.C.D. para que sirva autorizar la adjudicación, enmarcándose en lo establecido por el Art. 155 de la L.O.M.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;        

por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

 

ARTICULO 1º: ADJUDICASE AD – REFERENDUM DEL H.C.D a la Empresa/Firma “GALASUR S.A.” (CUIT Nº 30-69114429-8)  por una suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($3.950.000,00) para adjudicar la “PROVISION DE DOS MIL QUINIENTAS (2.500) TONELADAS DE PIEDRA 6/20 EN CANTERA CARGADA SOBRE CAMION, PARA ELABORACION DE HORMIGON DESTINADA A OBRAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, BARTOLOME BAVIO, VIEYTES Y EMPALME – PARTIDO DE MAGDALENA-, PCIA. DE BUENOS AIRES” en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 11/2020.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/75 Partida 2.8.4.0 “Piedra, Arcilla y Arena”, con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2020.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda