Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1222/20
Magdalena, 30/12/2020
Visto
El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3708/19, de Presupuesto General para el Ejercicio 2020, sancionada con fecha 27/12/19 y promulgada mediante el Decreto Nº 119/19 del 30 de Diciembre de 2019; y
Considerando
Que el calculo de recursos estimados para el presente ejercicio para el “Fondo Municipal de la Vivienda” Rubro 17.5.06.01 y “SAME Provincia” Rubro 17.5.01.29, resulto en defecto de los que efectivamente se percibieron, lo que amerita realizar la adecuación presupuestaria correspondiente.
Que asimismo, el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliaciones presupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;
Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;
Por todo ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2020 en PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 84/100 ($2.514.427,84) en el Rubro 17.5.06.01 “Fondo Municipal de la Vivienda”, de origen municipal, afectado (Fuente de Financiamiento 131) y en PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($324.822,00) en el Rubro 17.5.01.29 “SAME Provincia”, de origen provincial, afectado (Fuente de Financiamiento 132).
ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2020 en las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por un monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 84/100 ($2.839.249,84), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda